Si tienes entre 55 y 65 años y las deudas te ahogan, tu preocupación no es “empezar de cero” como si tuvieras 30. Te preocupa la jubilación, la estabilidad de tu casa y dejar, al menos, cierto orden a tus hijos. Por eso, si piensas en la Ley de Segunda Oportunidad, la pregunta correcta no es solo “¿me cancelan la deuda?”, sino “¿Puedo proteger lo esencial?”.
Proteger lo esencial no es intentar salvarlo todo a cualquier precio. Es priorizar con cabeza:
- Un techo estable y digno.
- Un mínimo de ingresos para cuando te jubiles.
- La tranquilidad con la que vas a vivir esa etapa.
Si tienes algo de patrimonio no es fácil decidir qué sacrificar y qué preservar. Aquí es donde muchos dudan: “si entro en Segunda Oportunidad… ¿lo pierdo todo?”.
La respuesta real es: depende de tu patrimonio, de tus ingresos y de cómo se plantee el procedimiento.
¿Qué te da estabilidad y qué solo te da gastos?
La vivienda habitual modesta, con coste asumible, suele ser un bien a proteger en la medida de lo posible. No así una segunda residencia, plaza de garaje extra, coche caro que apenas usas: en muchos casos es más sensato asumir que se irán antes que poner en riesgo lo básico.
Mantener “por orgullo” un activo que solo genera gastos puede ser una mala estrategia.
Por eso es clave revisar:
- Qué pensión aproximada tendrás.
- Qué porcentaje se puede ver afectado por embargos o planes de pago.
- Qué horizonte temporal manejas: no es lo mismo tener 55 que 67.
La mayoría de padres no quiere “tocar nada” de sus bienes para dejarlo a los hijos. Pero hay que hacerse una pregunta seria: ¿Es mejor dejar una herencia pequeña pero limpia, o mantener un patrimonio embargado?
Cuando tienes deudas importantes y algo de patrimonio, la tentación lógica es “aguantar” para no tocar nada y que ya hereden los hijos “lo que quede”. El problema es que, con embargos, intereses y costas, lo que queda suele ser bastante menos que si ordenas la situación antes.
Cada año que pasa, la deuda no se queda quieta: genera intereses (a veces altos), se acumulan costas de abogados, procuradores, intereses de demora y gastos de ejecución. Es decir, nunca para de crecer. En cambio, tu patrimonio no crece al mismo ritmo: un coche pierde valor, los ahorros se van usando…
Si vendes ahora un bien prescindible o entras en un procedimiento de Segunda Oportunidad y liquidas parte de tu patrimonio, haces algo muy importante: paras la deuda. Pierdes un activo, sí, pero a cambio dejas de alimentar durante años una deuda que iba a seguir sumando intereses y costas.
Ejemplo muy simplificado: si hoy debes 50.000 € y lo dejas “en manos de los embargos”, en unos años la combinación de intereses y costas puede convertir esa cifra en 80.000 € o más. Eso saldrá, directa o indirectamente, de tu pensión, y, después, de los bienes que tus hijos iban a heredar.
Dicho de otra forma: muchas veces tus hijos heredan más si hoy sacrificas una parte controlada de tu patrimonio para frenar la deuda, que si no haces nada y permites que durante diez o quince años intereses y costas vayan vaciando, poco a poco, todo lo que habías conseguido.
Pasos prácticos antes de decidir:
- Averigua qué deudas tienes (importe, tipo y con quién).
- Qué bienes tienes y su valor aproximado.
- Qué ingresos presentes y futuros puedes esperar (salario, pensión, alquileres, etc.).
Con esa foto, un profesional especializado puede ayudarte a trazar el mapa:
- Qué es casi seguro que habrá que sacrificar.
- Qué es razonable intentar preservar.
- Qué riesgos asumes si no haces nada.