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¿Cuánto tarda un concurso de acreedores de persona física en España? (2025)

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Cuando te planteas iniciar un concurso de acreedores (la llamada “segunda oportunidad”), la pregunta clave es siempre la misma: “¿esto cuánto va a durar?”

Lo que la mayoría de las personas quiere saber es cuánto tarda el procedimiento judicial desde que se presenta la demanda hasta que el juzgado resuelve el concurso y dicta la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI).

La duración del procedimiento, para una persona física, está en estos rangos:

  • Casos sencillos, sin bienes: entre 6 y 12 meses.
  • Casos medios, con algo de patrimonio o más acreedores: entre 12 y 18 meses.
  • Casos complejos (incidentes, recursos, ventas de inmuebles, etc.): pueden irse fácilmente a 2 años o más.

Hay ejemplos reales donde la exoneración se ha conseguido en apenas 3–5 meses en concursos muy simples (sin masa, sin incidencias) en juzgados mercantiles de Madrid.

No existe un plazo fijo en la Ley, pero sí tenemos datos oficiales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que cada año publica la “Estimación de los tiempos medios de duración de los procedimientos judiciales”. Para 2023 la duración media específica de los concursos fue de 17,9 meses en España. Ten en cuenta que este dato incluye todo tipo de concursos, no solo los de persona física.

Según el CGPJ, en 2023, los tiempos medios por comunidades autónomas en juzgados de lo mercantil (todos los procedimientos, incluidos concursos de sociedades) fueron aproximadamente:

  • Castilla y León: 17,4 meses (a excepción de Valladolid)
  • Madrid: 13,5 meses
  • Islas Baleares: 13,2 meses
  • Castilla-La Mancha: 13,1 meses
  • Andalucía: 12,8 meses
  • Cantabria: 12,3 meses
  • Cataluña: 11,4 meses
  • Canarias: 11,5 meses
  • España (media nacional): 11,8 meses
  • Extremadura: 10,6 meses
  • La Rioja: 10,5 meses
  • Galicia: 10,4 meses
  • Asturias: 10,1 meses
  • Murcia: 9,5 meses
  • Comunidad Valenciana: 9,3 meses
  • Navarra: 8,8 meses
  • Aragón: 7,7 meses
  • País Vasco: 6,9 meses