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Ideas equivocadas sobre la Ley de Segunda Oportunidad (… que vemos todos los días)

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La Ley de Segunda Oportunidad ayuda a muchas personas a salir de una situación de endeudamiento. Pero en la práctica vemos a diario las mismos ideas equivocadas o, como mínimo, incompletas. Aquí van las más habituales:

1. “Me perdonan todo y ya está”

No es tan sencillo. Hay deudas que pueden cancelarse (préstamos, tarjetas, créditos …) y otras que, por regla general, no se cancelan: pensiones de alimentos, ciertas multas, responsabilidad civil por delitos, etc. Además, el juez juzga tu historia: cómo se generó la deuda, si has actuado con responsabilidad, si has intentado pagar…

2. “Si oculto algún bien, mejor para mí”. Ocultar bienes, ingresos o herencias es la forma más rápida de perderlo todo. Si lo haces, es probable:

  • Que el juez deniegue la exoneración de deudas.
  • Que revoque la exoneración si se descubre después.
  • Que se abra la puerta a problemas penales.

3. “Total, Hacienda y Seguridad Social no se perdonan nunca…” Las deudas públicas tienen un tratamiento especial, pero eso no significa que “no se cancele nada”. La normativa prevé que una parte de la deuda con Hacienda y Seguridad Social pueda exonerarse hasta ciertos límites (10.000€ con cada uno).

4. “Si estoy en Segunda Oportunidad no puedo trabajar ni tener nada a mi nombre ni estar cobrando una nómina”. No es así. Durante el procedimiento se analizan tus ingresos y tu patrimonio. Pero eso no significa que no puedas trabajar, ni tener nada.

De hecho, la finalidad de la ley es justo la contraria: que puedas volver a ser económicamente activo, sin arrastrar de por vida unas deudas impagables.

5. “Es rapidísimo, en cuatro meses salgo limpio”. Conviene ser realista. Es un procedimiento judicial, con plazos, trámites, informes y, a veces, recursos. Puede ser relativamente ágil o alargarse según el juzgado en que se reparta. Si alguien te da un plazo cerrado, no está siendo realista.

6. “Esto es solo para empresarios y autónomos”. No. La Ley de Segunda Oportunidad se dirige a personas físicas, tanto particulares como autónomos. Es decir, alguien que se ha visto atrapado por préstamos, tarjetas, avales, refinanciaciones… también puede acogerse, aunque nunca haya tenido negocio propio.

Antes de descartar la Segunda Oportunidad o lanzarte sin más, lo razonable es estudiar tu caso con calma: qué debes, a quién, qué bienes tienes y qué salida real ofrece la ley en tu situación concreta.

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