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Quiero acogerme a la Segunda Oportunidad, pero mi cónyuge no quiere saber nada del tema

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En el caso de que uno de los cónyuges adquiriese una deuda después de la fecha en que se contrajo matrimonio ambos cónyuges responden de esa deuda con el patrimonio ganancial.

Es decir, en el caso de que estés casado en gananciales y las deudas sean posteriores a la fecha del matrimonio, no puedes ir solo a Segunda Oportunidad porque, si te presentas solo y te exoneran la deuda, le exigirán a tu cónyuge la totalidad de tu deuda (no el 50%). Por eso es necesario que acudan ambos cónyuges junto al procedimiento concursal.

¿Pero qué pasa si ves claro que necesitas la Ley de Segunda Oportunidad pero tu cónyuge no quiere oír hablar del tema?. Es normal que uno esté centrado en las soluciones, y el otro, en el miedo.

Aquí tienes ideas concretas para gestionarlo y explicarlo, sin dramatizar y sin esconder la realidad.

  1. Ve a los hechos. Habla con números delante: cuánto entra al mes, cuánto sale, y cuánto se debe.
  2. Explica que no se trata de “no pagar porque sí”, sino ordenar todas las deudas bajo un procedimiento legal, con control de un juez.
  3. Intenta explicarle qué pasará si no hacéis nada: más intereses, más demandas, más embargos.
  4. Escucha sus miedos (casa, hijos, trabajo…) y responde de forma honesta: qué puede pasar, qué no, y qué se puede proteger.
  5. No es una decisión que se pueda tomar a la ligera. Os van a pedir transparencia total, documentación y asumir ciertas limitaciones.
  6. Vais a ir acompañados por profesionales (abogado y procurador). No estaréis improvisando.

Qué cambios prácticos notarás en casa durante el procedimiento (y cómo prepararos)

Más allá del papel, la Segunda Oportunidad se nota en la vida diaria y es necesario asumir a priori:

  1. Menos crédito fácil: olvidaos de vivir a base de tarjetas, préstamos rápidos o refinanciaciones constantes. Es incómodo al principio, pero es sano.
  2. Documentación por todas partes: contratos, extractos, correos de bancos, nóminas…
  3. Llamadas y cartas: las reclamaciones de los acreedores no se paran de un día para otro. Seguirán llegando comunicaciones hasta que termine el procedimiento.