Nuestro cliente, un profesional de la electricidad con un salario que no supera el salario mínimo interprofesional, en el momento de independizarse pidió un primer préstamo para comprar lo imprescindible de una casa: mantas, sábanas, muebles.
Con el tiempo, su deuda se incrementó siguiendo la misma lógica de endeudamiento. Sin darse cuenta al principio, dada la acumulación de las cuotas, tuvo que asumir que no tendría todas las necesidades básicas cubiertas, como agua caliente o calefacción, con tal de no dejar de pagar, extremo que le aterrorizaba. En este sentido, aguantó tanto que, al no tener dinero ni para comprar comida, tenía que ir cada día a comer a casa de sus padres.
El endeudamiento fue el camino; la insolvencia fue el punto en el que, por mucho que quería, ya no podía pagar. Y a este punto se llega, muchas veces, no por voluntad, sino porque el propio mecanismo del crédito se vuelve una trampa: refinanciar para no impagar, pedir un préstamo para tapar el anterior… Eso fue exactamente lo que ocurrió. Para evitar impagos, fue encadenando refinanciaciones con su único banco, con la intención de “ordenarse”, pero cada paso le dejaba más vendido.
Su situación objetiva era que, sin tener bienes a su nombre, tenía dos préstamos vigentes, uno de 19.500 € a 84 cuotas y otro de 5.500 € a 48 cuotas, ambos con cuotas mensuales relevantes.
Se preparó el procedimiento por la vía adecuada: concurso sin masa y solicitud de exoneración. Si no hay patrimonio que liquidar y no existen indicios de fraude u ocultación, el concurso debe cerrarse con una solución que le permita volver a empezar. Esa es la esencia de la Segunda Oportunidad.
El resultado fue el esperado: cierre del procedimiento y concesión de la exoneración
La solicitud de concurso voluntario se presentó el 11/06/2025 y el Juzgado dictó el auto de declaración de concurso sin masa el 12/11/2025, haciendo constar un pasivo de 23.860,07 €.
El Juzgado dictó el auto de conclusión del concurso y concesión de la exoneración el 11/02/2026, acordando la exoneración definitiva del pasivo insatisfecho comunicado.
Es decir, que el procedimiento tardó 8 meses desde que se solicitó el concurso hasta su conclusión.
Gracias a la Segunda Oportunidad, nuestro cliente vuelve a trabajar sin la sensación de ser esclavo de una deuda que nunca para de crecer.